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domingo, 26 de enero de 2014

¿En cuanto se reducirá nuestra pensión según el año de jubilación?

El factor de sostenibilidad ya hemos visto en un artículo anterior como se aplica y en cierto modo lo que nos puede hacer pensar que puede reducir la pensión de jubilación. Sabemos que en el año 2019 comienza a aplicarse y que no altera el método de cálculo de la pensión según está establecido en el sistema de la Seguridad Social, pero es un nuevo factor que se aplica, y que en función de una mejora progresiva de la esperanza de vida irá mermando la cuantía que se perciba.

Pero, ¿sabemos realmente cuanto?. A partir del año 2019 significará reducir poco a poco la cuantía inicial, de forma que quienes se jubilen en el mismo año 2019 la posible pérdida de pensión no será superior al 1% pero en 5 o 6 años podrá ser superior al 5% y en 15 o 20 años superior al 10%.

Muchas veces nos hablan y animan a que ahorremos cuanto antes, con la finalidad de conseguir un capital cuanto más grande mejor, con el que poder compensar la pérdida de ingresos que se genere, aunque ... ¿Como poder evaluar esta pérdida de ingresos?, si no sabemos cual es el quebranto económico tampoco será fácil cuantificar la necesidad de ahorro, de esta forma podemos estar fijando un ahorro insuficiente y no conseguir el objetivo propuesto.

Es cierto que cuanto más ahorremos mejor solucionaremos el problema, pero lo ideal es poder valorar el problema para dar la solución más ajustada posible. 

En videotecaseguros, hemos elaborado un curso gratuito que en 4 vídeos y con un dossier imprimible de cada video, explicamos como puede afectar el factor de sostenibilidad y además de ejemplos prácticos en el último vídeo indicamos como poder estimar por cada 10.000 € de renta de jubilación, cual será la pérdida de ingresos esperada, según el año de jubilación que nos corresponda, y además encontraréis un indicación fiable de cuanto será necesario aportar a cualquier instrumento de ahorro para poder compensar al menos la pérdida ingresos derivada de este factor de sostenibilidad.

Puedes examinarlo de forma gratuita en este enlace: aquí

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viernes, 6 de diciembre de 2013

¿Por qué un seguro de vida?

No es difícil que muchas personas cuando se les plantea formalizar un seguro sobre su vida, piensen que ya con la prestación de la Seguridad Social por viudedad u orfandad la familia queda plenamente cubierta, ante un posible fallecimiento prematuro de la persona que aporta principalmente los ingresos.

y...¿sabemos realmente como estamos protegidos por el sistema público de pensiones?


¿Quedaría nuestra familia realmente protegida ante un futuro incierto?

La pensión de viudedad es un  52 % pero no de nuestros ingresos, sino del promedio de las últimas cotizaciones del trabajador, y claro aunque coticemos por todo lo que ingresamos al fin y al cabo lo que el cónyuge percibirá será el 52%, y si el trabajador tiene ingresos superiores a lo que cotiza el problema se agrava, y esto ocurre principalmente en dos situaciones:

  1. Trabajadores cuenta ajena, cuyos ingresos superen el tope máximo de cotización, y esto aunque puede variar en el tiempo es necesario saber cual es el límite. En el año 2013 el tope anual de cotización es 41.108 € al año, con lo que ingresos superiores, todo lo que exceda no genera derecho a pensión, y el % expresado sobre ingresos reales será inferior al 52%.
  2. Autónomos, al escoger la base de cotización generalmente se quedan en la base inferior y esto influye que la diferencia sobre los ingresos habituales sea mayor, y por tanto el 52% será sobre 858 € y no sobre los ingresos de 2-000, 2.500, o 3.000 € que pueda percibir la persona.
La orfandad complementa la pensión de la familia en un 20% por cada hijo, pero esto es hasta que cumplan los 21 años, por lo que según la edad, podemos encontrarnos con un horizonte temporal muy corto en relación con las expectativas de estudios y necesidades de apoyo económico en el futuro.

No se trata de que el seguro de vida sirva para resolver todo el futuro de nuestros hijos y nuestro cónyuge, pero si se trata de complementar el quebranto económico derivado de la falta de ingresos del titular de la familia, y durante un número de años que permita reorganizarse la vida: acabar los estudios ordinarios, poder realizar estudios de posgrado, y encauzarse laboralmente....

No se trata de que los nuestros se olviden de trabajar en el futuro, pero si que de una forma organizada y sin agobios se reestructure.

Si quieres profundizar  en los conceptos, coberturas del seguro de vida, así como en sus requisitos y modalidades de contratar, puedes obtener mayor información en nuestro blog de formación videotecaseguros: (Entra aquí)