domingo, 26 de agosto de 2012

Mi perro ¿Peligroso, o no?, y ¿Qué seguro debo tener?


Es muy habitual hacerse esta pregunta en personas que disponen de perros de alguna raza que puede considerarse con algún nivel de peligrosidad. Hay determinados requisitos que cumplir por la tenencia de animales, pero si además son peligrosos habrá que realizar algunas consideraciones especiales.
Por principio todos los perros son domésticos, porque sirven como animales de compañía, pero por algunos criterios objetivos algunas razas tienen una mayor peligrosidad, y por ello existe una legislación nacional, a nivel general, que marca las reglas sobre esta tenencia de animales y además existen unas disposiciones de ámbito local o autonómico sobre el control a ejercer sobre los perros que adquieran esta consideración.
Pero además, hay que analizar cuál es el punto de vista asegurador y por ello vamos a analizar cómo actúa el seguro en base a la legislación, y con independencia de otros requisitos que se tengan que cumplir.
La Ley 50/1999 en el artº 2 dice que se consideran peligrosos o potencialmente peligrosos los animales domésticos o de compañía que reglamentariamente se determinen y en particular los de especie canina que cumplan unos requisitos y tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas. En el artº 3 se especifican los requisitos que se han de cumplir y en la letra d) se matiza la obligación de disponer de un seguro en estas circunstancias.
El Real decreto 287/2002 especifica en el anexo 1 que razas se consideran peligrosas:
Pit Bull Terrier, Stafforshire Bull Terrier, Amercian Stafforshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileño, Tosa Inu, Akita Inu, y cualquiera de sus cruces.
Y en el anexo 2 indica que características ha de tener cualquier otra raza para considerarse potencialmente peligrosa, cumpliendo con todas o con la mayor parte de las siguientes:
a)     Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, composición atlética, agilidad, vigor y resistencia.
e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, cráneo ancho y grande, mejillas musculosas y abombadas. Mandíbula grande y fuerte, boca robusta, ancha y profunda.
b)    Marcado carácter y gran valor
f)   Cuello ancho, musculoso y corto.
c)     Pelo corto
g)  Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
d)    Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cms, altura a la cruz entre 50 y 70 cms. Y peso superior a 20 Kg
h)   Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.


Por tanto, en todas estas situaciones existe obligación de hacer un seguro específico Y … ¿que posibilidades tenemos de aseguramiento?
1.     A través de un seguro multirriesgo hogar, mediante la cobertura de Responsabilidad Civil familiar, se cubre la tenencia de animales domésticos, salvo los que se consideren peligrosos o potencialmente peligrosos. Algunas Aseguradoras detallan cuales son las razas no cubiertas: todas las peligrosas y algunas de las potencialmente peligrosas, las que consideran más agresivas o simplemente no desean cubrirlas por este seguro. De esta forma queda claro cuáles son las razas que están excluidas y por tanto debe hacerse otro seguro específico. Cuando no queda así detallado, el seguro hogar no cubrirá, por lo general, los perros que sean potencialmente peligrosos

2.     Seguro RC perros peligrosos. Es un seguro específico de responsabilidad civil para la tenencia de estos animales, y al formalizarlo se ha de detallar el perro o los perros objeto del seguro.
Pero si la Aseguradora de hogar no explica o detalla cuales son las razas excluidas ¿Qué se debe hacer?. Hay que resolverlo, y no dejarlo a la libre interpretación de un amigo o del veterinario, que con la mejor de las intenciones le dará su parecer sobre las características de la raza de su perro, pero en caso de que algún día pueda existir algún percance con un tercero, el planteamiento necesario es el de la Aseguradora, y no lo deje en una simple conversación, tanto si la respuesta  es acorde con lo que Vd desea escuchar como en caso contrario, siempre que se lo den por escrito. 
Pongamos un ejemplo: Un pastor alemán,… si Vd consulta si está incluido en el seguro de hogar escuchará diferentes versiones y aunque todas sean diciéndole que si está cubierto….¿Serviría de verdad un seguro de hogar aunque no detallase cuales son las razas excluidas?. Pues si analizamos el anexo I no es una de las razas  peligrosas, así que vamos a revisar las características del anexo II:
a)     ¿Tiene fuerte musculatura?. Sin duda, sí.
b)    ¿Tiene marcado carácter y gran valor?, pues es fácil pensar que casi todo el mundo piensa que sí.
c)     ¿Pesa más de 20 Kg. Y mide más de 50 cm?. También la respuesta es positiva.
d)    ¿Tiene una mandíbula grande y fuerte, boca robusta y profunda? Pues realmente sí.
e)     ¿Tiene pelo corto? Pues también.
f)     El cuello es ancho, musculoso y corto?. También es afirmativo, y etc.
Aunque alguna de estas características es posible que el pastor alemán las cumpla más o menos, pero la mayoría sí es cierto que fácilmente se puede comprobar, por ello la necesidad y tranquilidad de hacer el seguro específico. De no hacerlo y pensar que se está cubierto por el seguro de hogar, pueden generarse equívocos en el tiempo, salvo que la propia Aseguradora se lo confirme y, siendo posible, se lo ponga por escrito.
En resumen: en función de la raza en ocasiones es fácilmente comprobable que la raza es peligrosa (Dogo argentino, rottweiler….) y si es un caniche o un chihuahua claramente entenderíamos que no es ni peligroso ni potencialmente peligroso, pero hay otras razas como por ejemplo el Pastor alemán que no siendo peligrosos, en absoluto, cumplen con la mayor parte de las características que los convierten en potencialmente peligrosos, y por tanto con independencia de lo que diga la Comunidad Autónoma, nuestros amigos o el veterinario, hemos de confirmar con la Aseguradora que se trate como lo considera a efectos de cobertura dentro del seguro de hogar, y en todo caso contratar un seguro específico de RC.

martes, 14 de agosto de 2012

Un incendio forestal… su origen y responsabilidades

Todos los veranos ocurre lo mismo: calor, descuidos, imprudencias, accidentes, … y por desgracia incluso de forma malintencionada, pero inevitablemente y de forma repetida se terminan produciendo graves incendios. También es cierto que puede ser simplemente originado por un fenómeno meteorológico adverso, una tormenta, descarga eléctrica, un rayo y ya se ha producido el incendio. Siendo esto último no habrá un responsable directo, pero en todos los casos  las consecuencias pueden ser siempre totalmente imprevisibles:
o   Miles de hectáreas de bosque calcinadas
o   Cosechas perdidas
o   Viviendas incendiadas, así como los bienes que estén incorporados a las mismas.
o   Y lo que es peor, vidas humanas.
Aunque el daño siempre lo pagamos todos los ciudadanos, por el grave perjuicio ecológico que se produce, por los costes de recuperación del entorno y los gastos de extinción de incendio, etc.,  solo si existe un responsable directo y se puede inculpar se podrá repercutir contra él y su patrimonio. No siempre es fácil de determinarlo, pero muchas veces se dice:
  • Incendio originado por unos excursionistas  haciendo la famosa barbacoa.
  • Niños jugando en una cabaña
  • Particular quemando unos rastrojos
  • Furgoneta averiada que originó un incendio que se propagó rápidamente.
  • Y otras situaciones fortuitas (no intencionadas) pero que lo han originado.
Y aquí el seguro que cada cual pueda tener en vigor, puede ayudar a paliar su responsabilidad en los daños, y que pueda servirle para pagar en su totalidad el alcance económico de los perjuicios originados a terceros y que además pueden llegar a ser de una enorme dimensión en estos casos.
Si hay un responsable directo que se puede imputar: de los niños jugando serán sus padres, de la barbacoa serán los participantes, de la quema de los rastrojos será quien lo haya realizado, y de la furgoneta averiada, puede ser el seguro de circulación si ha venido originado por un accidente pero si solamente es la avería del vehículo en este caso será el propietario, o incluso el taller de reparación si es que acababa de ser reparado y pudiera considerarse que resultó una reparación deficiente, etc.
En la mayoría de los casos con el simple aseguramiento de una vivienda, al tener incorporada la Responsabilidad Civil familiar, ya se alcanza la protección necesaria, pero aún así hay que prestar atención porque habría algunas situaciones que aún disponiendo del seguro de hogar no tendríamos la cobertura, por ejemplo:
  1. Los hijos pero que ya fuesen mayores de edad, generalmente se limita la cobertura a los menores de edad, aunque a veces se amplía hasta los 21 o 25 años, pero puede haber restricciones.
  2. La Responsabilidad Civil familiar al margen de la inmobiliaria normalmente se obtiene si se incluye el Contenido dentro del seguro de hogar, y claro frecuentemente, por ejemplo, se formaliza una hipoteca, y como no se va a habitar hasta dentro de 2 o 3 meses, para ahorrar algo de los gastos pues solo se asegura el continente (por ser lo obligatorio) y claro no habría cobertura, y además puede haber pasado mucho tiempo desde que habitamos la casa y no haber modificado el seguro.
  3. La suma asegurada de responsabilidad Civil puede ser insuficiente. En ocasiones por abaratar el precio del seguro estamos dispuestos a tener unos límites de coberturas reducidos, y si por ejemplo solo tuviésemos 100.000 o 150.000 € de capital, pues según las circunstancias del incendio no alcanzaría a cubrir el total de los daños causados. Lo mínimo deberían ser 300.000 € y de ser posible una cantidad superior.
Muchas veces no se valora el alcance de los posibles daños a terceros hasta que no ocurre algo cercano a nuestro entorno y entonces nos hace reflexionar. Pero lo cierto es que disponer de una protección razonable para todas estas situaciones no es nada complicado sobre todo si prestamos atención a que seguros disponemos, que aspectos están cubiertos, y de las posibles no coberturas cuales podríamos contemplar.
Un hijo que supere la edad de cobertura de un seguro hogar y que permanezca en la unidad familiar, (cada vez más frecuente), como no va a contratar un seguro de hogar si vive en la casa de los padres, con solo formalizar un seguro de responsabilidad civil personal, tendrá cubierta las acciones fortuitas, involuntarias generadas accidentalmente por múltiples situaciones: paseo en bicicleta, barbacoa campestre fuera de control, sombrilla en la playa que sale volando y golpea en alguna persona, etc., pero como en el caso que nos ocupa que le cubra en estas graves situaciones como podría ser el resultar causante de un importante incendio simplemente porque su coche averiado y aparcado de emergencia en una cuneta al terminar incendiándose origine un incendio de graves consecuencias.
El seguro es una necesidad para protegernos ante ciertos riesgos pero además debemos asegurarnos bien, y revisar las sumas aseguradas así como las coberturas y posibles exclusiones y limitaciones, para intentar que en todo momento el seguro se ajuste adecuadamente a nuestros intereses y prioridades.

domingo, 12 de agosto de 2012

Un incendio Fortuito ... ¿Y con seguro?

Lamentablemente un incendio puede originarse por múltiples circunstancias y en muchas ocasiones por pequeños detalles, a veces inevitables y a veces por descuidos o imprudencias.

Además de lo alarmante que puede llegar a ser, lo que de verdad debe preocupar es las consecuencias que pueden llegar a materializarse, y no siempre pordemos tener la cobertura de seguro que proteja los perjuicios derivados

  • Somos inquilinos de una vivienda, y el propietario nos dijo que tenía ya un seguro muy completo., ¿para que hacer nosotros uno?.
  • Somos propietarios de varias viviendas, alguna alquilada, y un olvido en el cambio de la cuenta de domiciliación de recibos,... y dos de los seguros se anulan por falta de pago.
  • Teníamos un seguro muy completo, pero nos dijeron que el seguro de la Comunidad era muy amplio, así que decidimos anularlo.
  • Teníamos tantos gastos que como nunca pasaba nada en la vivienda, decidimos dar de baja el seguro (costaba bastante dinero al año).
Estas son situaciones frecuentes, y lo cierto es que un incendio no es algo muy frecuente, pero por desgracia todas las Aseguradoras saben que es una cuestión de estadística y de cada 1.000 viviendas en un período de tiempo, no sabemos a quien pero es cierto que un nº de terminado de viviendas se va a producir el incendio.

  • Un brasero en mal estado.
  • Una instalación eléctrica antigua y defectuosa.
  • Un descuido en la cocina.
  • un cigarrillo mal apagado.
  • Un parato eléctrico mucho tiempo encendido y se sobrecalienta....
  • etc.
Son causas de las que se puede originar un incendio que en ocasiones se coge a tiempo y no afectas más que al propietario, pero si se da cuenta uno tarde, es posible que afecte a varios de los pisos o inmuebles colindantes.

Todo aquello relacionado con la propia instalación será el propietario el responsable pero si es por el uso de la vivienda y sus enseres, será el inquilino quien deba hacerse cargo de las consecuencias, enc aso de estar arrendada la vivienda. Tanto un propietario como un inquuilino, por tanto, han de valorar los riesgos a los que están expuestos y prever sus consecuencias.

Y el seguro por tanto, como protección de nuestro patrimonio ha de tener en cuenta dos aspectos:

  1. Daños materiales directos a los propios bienes asegurados.
  2. Daños a terceros provocados por nuestra responsabilidad.
Los daños materiales directos pueden ser relativamente sencillos de cuantificar (valor reconstrucción, valor mobiliario y enseres), pero los daños a terceros son más complejos de concretar porque es difícil estimar a cuantos vecinos podemos afectar y que daños se alcanzarán a provocar, pero lo cierto es que si por desgracia no solo nos afecta a nosotros sino que los daños indirectos alcanzan a ser de gran dimensión, no solo se hace indispensable alcanzar la protección del seguro sino que además es necesario prever el mayor capital posible porque sino tendremos que responder con nuestro propio patrimonio, y podemos perderlo.

¿Os imagináis un incendio en un bloque de viviendas y que el responsable del mismo no disponga de seguro o de tenerlo solo alcance a indemnizar parte de los daños provocados?.

No todas las viviendas disponen de seguro, o lo están por las coberturas y capitales correctos, pero tdas están expuestas a los mismos riesgos.

Asesorarse e informarse en las coberturas del seguro que se contrata y el establecer las sumas aseguradas es totalmente  imprescindible.

En http://www.labibliotecaaseguradora.com encontrarás la información detallada en función de los diferentes riesgos, y perfiles de cada persona.

viernes, 3 de agosto de 2012

Para intentar evitar las contradicciones del seguro

Casi siempre pasa lo mismo, cuando queremos contratar un seguro siempre queremos y buscamos el más barato posible, y pocas veces nos preocupa saber cuál es el alcance de las coberturas que contratamos o los límites y posibles exclusiones que existen. Sin embargo cuando tenemos un siniestro sí que nos preocupa tanto que el daño esté cubierto, como en caso de que no nos lo acepten releer el contrato (por primera vez después de muchos años) para encontrar una explicación que nos pueda dar la razón.
Pero a veces quien nos vende el seguro, sea una entidad financiera, sea un agente de seguros, sea la propia aseguradora, con tal de que aceptemos el contrato, a cualquier pregunta que hagamos para saber si esto o lo otro está cubierto, siempre encontraremos una similar respuesta: “por supuesto, tienes el mejor seguro y el más completo”. Sin embargo cuando se presenta el siniestro y tenemos un percance, cuando llamamos por teléfono para decir lo que nos ha pasado, es muy frecuente que lo primero que nos digan es siempre: ¡Lo siento, pero eso no está cubierto!.
Puede esto parecer exagerado, y claro, no siempre es así, pero a lo largo de los años la perspectiva que tenemos del seguro es como un contrato oscuro, difícil de interpretar y que cuando lo necesitamos siempre hay una explicación para intentar no pagarnos.
El seguro es un instrumento necesario y en ocasiones obligatorio, y está concebido para indemnizar unos daños a quien los soporta, pero tiene unas reglas y unas limitaciones, por eso es importante conocerlas, y sin hacernos expertos sin necesidad, por lo menos que cualquier usuario y consumidor de seguros pueda conocer sus necesidades de protección y entender como formalizar correctamente el seguro.
¿Qué es lo primero que se debería revisar en algún momento?:
·         Los riesgos a los que podemos estar expuestos, tanto  personalmente por las actividades que realizamos, como por el patrimonio que poseemos, tenerlos localizados y saber si son susceptibles de estar cubiertos.
·         El posible quebranto económico que  puede presentarse en nuestra familia si faltamos o tuviésemos una invalidez que nos impidiese seguir trabajando. ¿Cómo estaríamos cubiertos por la Seguridad Social, y que pérdida de ingresos nos correspondería?.
·         Y lo mismo de cara a nuestra jubilación, que expectativa de pérdida de ingresos y  qué instrumento será el idóneo para constituir un complemento según nuestras necesidades de ahorro fiscal, de liquidez de aversión al riesgo, etc.
·         Que coberturas de seguro pueden proteger estas situaciones, analizando las coberturas principales y las opcionales, y …
·         Solo al final, comparar el precio entre diferentes alternativas buscando que todas ellas tengan coberturas homogéneas.
Para evitar estas contradicciones del seguro y ayudarte en el análisis de las necesidades de protección, y el alcance de las coberturas de los seguros, surge:
Con un objetivo fundamental: asesorar de forma independiente y totalmente gratuita para el destinatario, sin proponer que se compre ningún seguro, se podrá encontrar respuesta a dudas y orientación en aquello más importante que en cada seguro se pueda precisar. No es una web de leer en un día sino de que se agregue a los favoritos y tenerla de consulta, además se encontrarán enlaces de utilidad a organismos oficiales relacionados con el seguro, y hasta la forma de contactar con los principales mediadores de seguros y más cercanos a cada localidad.

¿Son todos los seguros de Autos Iguales?, ¿Que aspectos importantes debemos revisar?

Cuando contratamos un seguro de autos para un nuevo vehículo es uno de los momentos donde con mayor hincapié buscamos la opción más barata que podamos encontrar. Con el paso del tiempo, y muchas veces de forma anual, antes del vencimiento revisamos si existe alguna opción más económica.

El precio, es el factor más decisivo en la elección de la alternativa, y en no pocas ocasiones por pequeña diferencia de precio, que no alcanza incluso los 50 €, nos motiva a cambiar de Aseguradora.

Pero en muy pocas ocasiones alguien se fija en las coberturas más allá de si el seguro es a terceros, terceros ampliado, o todo riesgo y cual es la franquicia. El objetivo no va más allá de este concepto y con ello conseguir el precio más barato es el objetivo prioritario y poder presumir del ahorro obtenido.

Pero, realmente, ¿son todos los seguros iguales?, ¿o parecidos?. Estamos igualmente protegidos. Pues efectivamente no y a veces las diferencias pueden ser importantes, ¿Que aspectos deberíamos revisar en nuestro seguro actual y en cualquier otro con el que pretendamos comparar el precio?. Los puntos más destacados son:

·  Asistencia en viaje. No siempre se da cobertura desde el Kilómetro 0, o no siempre se garantiza el servicio por pinchazo de una rueda o falta de combustible, o si dejamos el coche aparcado fuera de una vía apta para la circulación. Y además puede ser necesario revisar si el coche lo trasladan al taller más cercano a nuestra residencia si estamos fuera de la provincia o a más de 100 Kilómetros, en fin, el alcance de la asistencia.
· Vehículo de ocasión. Si se incluye esta opción la cobertura puede ser simplemente por accidente pero también puede llegar a ser por robo o incluso por avería, además se puede exigir un tiempo mínimo de permanencia en el taller que puede ser muy alto o razonable. Es importante por ello verificar si la amplitud de la cobertura se ajusta a nuestros intereses.
· Valor del vehículo. Cuando aseguramos a todo riesgo o terceros ampliado es necesario saber cuando el coche es nuevo, el nº de años que nos indemnizan el vehículo en su estado de nuevo o por el valor de compra, y superado este plazo si directamente nos pagan el valor venal o existe alguna valoración superior. En ocasiones se mejora el valor venal al menos durante un nº determinado de años.
· Accidentes del conductor. Salvo que exista un accidente con al menos otro vehículo el conductor está al margen de las coberturas de asistencia sanitaria del seguro obligatorio, así como de la indemnización por muerte o invalidez, por ello es imprescindible saber como está cubierto de forma opcional y con que límites, para los posibles accidentes en que no sea el responsable o el accidente sea sin participar otro vehículo.
· Seguro voluntario. El seguro obligatorio tiene unos límites de indemnización, que implica la necesidad de complementar con lo que se denomina seguro de suscripción voluntaria, que amplia la indemnización en lo que no esté cubierto por el obligatorio, pero en esta cobertura se excluye a los familiares directos del conductor. ¿Sabes que hay alguna Compañía que no los excluye?, Esto puede ser una ventaja importante, si por desgracia ocurre alguna vez un percance importante.

Nos hemos detenido en estos puntos que sería idóneo revisar, pero aún puede haber otras consideraciones que con el tiempo seguiremos analizando.